Admite la SCJN recurso contra la ley que obliga a periodistas a revelar sus fuentes
Alfredo Méndez, publicado en La Jornada
Este martes, un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), José Luis Soberanes, mediante la cual impugnó las reformas recientes al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
A partir de esas modificaciones al marco jurídico del Distrito Federal, los periodistas ya pueden recibir sanciones de carácter civil cuando se nieguen a revelar el nombre de sus informantes, dentro de un juicio en el que hayan sido demandados a reparar el daño moral de una persona ofendida con alguna publicación que considere difamación o calumnia.
Como una de sus últimas acciones legales antes de que concluya su periodo al frente de la CNDH el próximo mes, el ombudsman nacional pidió a los ministros declarar la inconstitucionalidad del artículo 322, del citado código, mismo que sostiene que debe ser considerado confeso todo aquel que se niegue a declarar o comparecer en una prueba confesional, o cuando al hacerlo, insista en no responder afirmativa o negativamente a las preguntas que le realice la parte actora en un juicio (los demandantes).
Ayer, el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo admitió a trámite este juicio de acción de inconstitucionalidad, lo cual no significa que Soberanes tenga la razón, sino, exclusivamente, que su demanda cumple con todos los requisitos legales para que sea estudiada en la Suprema Corte.
La impugnación fue presentada luego que el pasado 10 de septiembre se publicaran en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las recientes reformas al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. El argumento de Soberanes es que el nuevo ordenamiento civil viola la Constitución y otras leyes reglamentarias, al afectar el derecho de los periodistas a mantener en secreto a sus “fuentes de información”.
Uno de los argumentos planteados por la CNDH a los ministros es que urge crear un precedente legal en materia de las “fuentes informativas” de los comunicadores.
Según Soberanes, con los periodistas debe pasar lo mismo que con los abogados, médicos, ministros de culto o notarios, a quienes en cualquier juicio se respeta su “secreto profesional”; por lo que ninguna legislación, sea penal o civil, debe sancionar al comunicador que se niegue a revelar el nombre de sus informantes, pues es tanto como si éstos fueran los clientes de los abogados, los pacientes de los doctores o los feligreses de una congregación religiosa.
La comisión destaca en su demanda que el derecho de los periodistas a no revelar sus fuentes es consecuencia de la ética que exige el ejercicio de su profesión. Refiere que ese derecho se viola desde el momento en que de acuerdo con la norma impugnada, un periodista que ha sido citado a declarar en un juicio civil no tiene la libertad de reservar el nombre de sus informantes, ya que aun negándose a revelarla se le tendrá por confeso.
Lo que nos faltaba.
Actualmente los medios de comunicación han sido avergonzados y sometidos por medio de los mecanismos de control –en este caso el gobierno-, que con sus métodos empiezan a transgredir la libertad de expresión cada vez que se obligue (de alguna a manera) a revelar la fuente que en algunos casos es de carácter confidencial.
La confidencialidad en el periodismo es muy respetada, tales son los casos como el de “garganta profunda” que a pesar de su veracidad y causar la renuncia del presiente de los Estados Unidos , Richard Nixon, no fue demanda en su momento hasta que él (garganta profunda) reveló su participación en el caso.
La importancia de tener en confidencialidad a ciertos sujetos, no es sólo para ocultar la fuente de donde proviene la información, sino para brindar protección al declarante que en su momento puede padecer amenazas por parte de los mecanismos de control.
Los derechos humanos parecen ser los únicos en establecer cierto orden en el marco de legislación para protección a los periodistas, pero esto no parece ser suficiente. Por tales razones México es uno de los países en donde la represión, la desaparición y el “chayote” son cosa de todos los días.
¿Cuánto tiempo pasará para que un país y su múltiple y rica diversidad cultural se acepten mutuamente como verdaderos y libres ciudadanos?
La necesidad que tiene cada individuo de reencontrarse con su historia y de reivindicar su derechos, llega con un conjunto de tradiciones y costumbres los cuales transforman al ser social en su situación histórica. Es así como a través de la memoria colectiva nuestra libertad de expresión debe ser un eje el cual no debe perderse.